 |  | RAMADAN |  | |  | | | OTROS PUNTOS SOBRE RAMADÁN | FORMA EN QUE SE DEBE REALIZAR UN AYUNO
Es conveniente para la persona que ayuna observar los siguientes puntos a la hora de ayunar:
1) Es aconsejable realizar la comida que se conoce como suhûr, la cual tiene lugar antes del amanecer, no obstante no hay nada censurable si no se realiza. Anas narró que el Mensajero de Allah (s.a.s.) dijo: "Haced el suhûr, pues hay baraka en ello". Transmitido por al-Bujâri y Muslim.
La sunna establece que esta comida se puede hacer tomando poca o mucha cantidad de comida, e incluso con un solo sorbo de agua sería suficiente. Su tiempo transcurre desde la mitad de la noche hasta la aparición del alba, y se considera aconsejable retrasarla lo más posible, es decir lo más cercano posible al alba; si uno está en la duda de cuando llega el alba puede seguir comiendo o bebiendo hasta que tenga certeza de la llegada del mismo.
2) Se aconseja para la persona que está ayunando romper cuanto antes el ayuno una vez que el sol se ha puesto. Sahl ibn Sa'id narró que el Profeta (s.a.s.) dijo: "La gente no se apartará nunca del bien si acelera la ruptura de su ayuno". Transmitido por al-Bujâri y Muslim.
El ayuno se debe romper con un número impar de dátiles, si es posible, y sino con algo de agua. Anas narró: "El Mensajero de Allah rompía su ayuno con dátiles maduros antes de hacer el Salât. Si no le era posible comía algunos dátiles secos, y si esto tampoco le era posible bebía algo de agua". Este hadîz es transmitido por Abu Dawûd y por al-Hâkim, que lo califican como sahih, y por at-Tirmidzî, que lo califica como hassan.
Tal como establece el hadîz es preferible romper el ayuno como se ha dicho más arriba antes de hacer el Salât, y después de hacer este continuar comiendo, aunque si la comida ya estuviese preparada conviene comer y después hacer el Salât, pues Anas narró que el Mensajero de Allah (s.a.s.) dijo: "Si la comida ya está presente, comed antes del Salât magrib, y no comáis con precipitación". Transmitido por al-Bujâri y Muslim.
3) Du'â a la hora de romper el ayuno:
El Profeta (s.a.s.) dijo: "¡Oh Allah, por Ti he ayunado, y con Tus provisiones rompo mi ayuno". At-Tirmidzî ha transmitido que el Profeta dijo: "A tres tipos de personas no le serán rechazadas sus súplicas: a la que persona que ayuna en el momento de su ruptura, a un imam justo, y al oprimido".
4) Abstenerse de que aquellos actos que perjudican el ayuno: el ayuno no es considerado solo como una abstinencia en la comida y bebida, sino como un acto de trascendencia que acrecienta en el que lo practica su conciencia de la unicidad de Allah, es por ello que debe abstenerse de todo discurso vano, calumniador, e inútil, Abu Huraîra ha narrado que el Profeta (s.a.s.) dijo: "Allah no necesita del ayuno de aquel que no abandona el discurso falso, o que actúa de acuerdo con aquel". Transmitido por el grupo, excepto por Muslim.
5) Sobre el cepillado de dientes: es aconsejable para la persona que ayuna cepillarse los dientes con cualquier tipo de cepillo u otro instrumento, no habiendo diferencia si lo utiliza al final o al comienzo del día, pues el Profeta (s.a.s.) acostumbraba hacerlo.
6) Ser generoso y estudiar Corán: aunque estas son cualidades deseables para el musulmán en todo momento, son especialmente importantes durante el mes de Ramadân.
7) Esforzarse en los actos de 'ibâda, especialmente durante los últimos diez días de Ramadân: Muslim menciona que: "El Profeta (s.a.s.) se esforzaba en los actos de 'ibâda en los últimos diez días de Ramadân, más que en el resto de los días del mismo". At-Tirmidzî también ha recogido esto mismo de 'Alî.
ACTOS PERMITIDOS DURANTE EL AYUNO
1) Rociarse con agua, así como sumergirse en la misma: Abu Bakr ibn 'Abdurrahman ha transmitido de algunos compañeros que estos habían visto al Mensajero de Allah (s.a.s.) rociar su cabeza con agua mientras ayunaba, debido a la sed o al calor extremo. Transmitido por Ahmad, Mâlik, y Abu Dawûd. Si durante el baño se traga accidentalmente agua el ayuno sigue siendo válido.
2) Aplicación de Kojl, gotas para los ojos, o cualquier otra aplicación sobre los mismos: todos estos actos están permitidos, incluso aunque algún gusto pudiera notarse en la garganta de la sustancia instilada en el ojo, y esto es así porque el ojo no se considera un vía de acceso natural al estómago.
3) El beso, siempre que se tenga control sobre uno mismo: está confirmado que 'Â-isha dijo: "El Profeta nos besaba y abrazaba mientras ayunaba, pues él tenía más control que todos vosotros sobre sus deseos".
'Umar dijo: "Cierto día besé a mi mujer mientras ayunaba. Fuí al Profeta y le dije: -Hoy he cometido algo censurable, he besado a mi mujer mientras ayunaba-, el Profeta dijo: -¿Qué piensas acerca de enjuagarse la boca mientras se está ayunando?-, y yo le respondí: -no hay nada censurable en ello-, y el Profeta dijo: -¿Entonces cúal es el problema?-". Ibn al-Mundzir dice: "Umar, Ibn 'Abbâs, Abu Huraîra, 'Â-isha, 'Atâ, ash-Sha'bî, al-Hassan, Ahmad, e Ishâq permiten el beso. Los Hanafíes y Shafi'ies lo desaconsejan si excita el deseo, sino es así no hay nada desaconsejable en ello, aunque es mejor evitarlo".
Por tanto la cuestión está en si el beso excita o no el deseo, pues si lo hace es algo desaconsejable. No hay diferencia en lo que respecta a si el beso se hace sobre la mejilla, los labios u otra zona del cuerpo. El tocar con las manos o el abrazo se rigen por las mismas consideraciones aquí expuestas.
4) Cualquier tipo de inyección: las inyecciones no rompen el ayuno tanto si su finalidad es alimenticia o medicamentosa. Tampoco importa que la inyección sea intravenosa, intramuscular, o subcutánea. Tampoco importa si lo inyectado alcanza o no el estómago, puesto que no se está utilizando una vía de acceso natural al mismo.
5) Aplicación de ventosas para la extracción de sangre: al Profeta (s.a.s.) le fueron aplicadas ventosas mientras ayunaba. No obstante si esto va a debilitar a la persona que ayuna, se considera desaconsejado.
6) Enjuagarse la boca y la nariz: estos actos están permitidos, aunque no se debe ser exagerado en los mismos introduciendo gran cantidad de agua en la boca o nariz. Los 'ulama en términos generales desaconsejan el uso de gotas nasales, pues son de la opinión de que se rompe el ayuno.
Ibn Qudâma ha resumido la opinión de varios autores a este respecto: "Si mientras se enjuaga la boca o nariz algo de agua alcanza la garganta de forma accidental, no hay ningún problema en ello, siempre y cuando se haya actuado sin exageración en la limpieza de boca y nariz. Esto es lo que dicen al-Auçâ'i, Ishâq, y ash-Shafi'i. Mâlik y Abu Hanîfa sostienen que el ayuno se rompe porque el agua alcanza el estómago. Si es consciente de estar ayunando, ha roto su ayuno, teniendo la misma consideración que si hubiera bebido intencionadamente. La primera opinión es más fuerte, puesto que el agua que alcanzó la garganta fue de forma accidental. Es el mismo caso que si un mosquito entra por accidente en la boca y llega hasta la garganta, esto es lo que diferencia un acto inintencionado de otro intencionado".
7) Aquellas cosas que uno no puede evitarlas, por ejemplo, tragar saliva, aspirar el polvo del camino, aspirar la harina cuando se está tamizádola, etc, todas ellas no han de ser tomadas en consideración. Ibn 'Abbâs comenta: "No hay problema en probar algún alimento líquido que se pretenda comprar". Al-Hassan solía masticarle las nueces a su nieto mientras ayunaba.
El masticar goma (no hay que entender el chicle occidental que posee sabor y fragancia) es algo desaconsejado, entre los que suscriben esta opinión se encuentran, ash-Sha'abî, an-Naja'î, los Hanafíes, los Shafi'íes, y los Hanbalíes. 'Â-isha y 'Atâ permiten macar, puesto que nada alcanza el estómago, es como mantener pequeñas piedrecillas en la boca, siempre y cuando no se produzcan ruptura en fragmentos que pudieran ser tragados, pues si esto ocurriera rompería el ayuno.
Según Ibn Taîmiyya el oler perfumes, incienso, la aplicación de kuhl en los ojos, aceites o ungüentos en la piel, enemas rectales o uretrales, nada de ello interrumpe el ayuno, para sostener su opinión el se basa en el criterio de que si alguna de estas cosas rompieran el ayuno el Profeta (s.a.s.) lo hubiera prohibido pues todas eran en conocidas en el el tiempo del mismo.
8) La persona que ayuna puede comer, beber, y tener relaciones sexuales hasta la llegada del Faÿr: si alguien tuviera comida en su boca cuando el tiempo del faÿr esté entrando, debe escupirla. Si está teniendo relaciones sexuales debe terminarlas inmediatamente. Si continuase con alguna de las acciones mencionadas rompería su ayuno.
9) Una persona que ayuna puede permanecer en estado de nayâça después de entrado el faÿr trás haber mantenido relaciones sexuales previamente al faÿr: esto significa que no es necesario realizar el gusul antes del faÿr. Esto está basado en un hadîz transmitido por 'Â-isha.
10) Mujeres con menstruación o con hemorragia post-parto: si el cese del sangrado se produce durante la noche es posible diferir el gusul hasta el tiempo del Salât subh, no obstante deberá hacerlo antes de realizar este Salât.
ACCIONES QUE INVALIDAN EL AYUNO
Las acciones que invalidan el ayuno pueden ser divididas en dos categorías:
a) aquellas acciones que invalidan el ayuno y que requieren que el día, o días perdidos, se recuperen.
b) aquellas acciones que invalidando el ayuno, requieren además de recuperar el o los días, un acto compensatorio (al-kaffâra).
La categoría a) comprende los siguientes apartados.
1) Comer o beber:
Si uno come por olvido, error, o coacción, no hay obligación en recuperar ese día, o realizar cualquier acto compensatorio. Abu Huraîra narró que el Mensajero de Allah (s.a.s.) dijo: "Aquel que olvida que está ayunando, y come o bebe, debe completar su ayuno, pues fue Allah quien lo alimentó y le dio de beber". Transmitido por el grupo.
Ibn 'Abbâs narró que el Profeta (s.a.s.) dijo: "Allah ha colocado sobre su Umma el error y el olvido, de ninguna de ambas es responsable aquel que las comete". Transmitido por Ibn Mâÿah, at-Tabarânî, y al-Hâkim.
2) El vómito: si alguien vomita de forma inintencionada, no tiene que recuperar ese día de ayuno, ni realizar algún acto compensatorio. Abu Huraîra narró que el Profeta (s.a.s.) dijo: "Aquel que viéndose desbordado por las ganas de vomitar lo efectúa, no tiene que recuperar ningún día de ayuno. Sin embargo si el vómito si es provocado hay obligación de recuperar ese día". Transmitido por Ahmad, Abu Dawûd, at-Tirmidzî, Ibn Mâÿah, Ibn Hibbân, ad-Daraqutnî, y al-Hâkim.
3) La menstruación y la hemorragia post-parto: en ambas circunstancias es obligada la recuperación de los días, incluyendo el día en que se produzca la hemorragia si esta se produce antes de la ocultación del sol. Hay un total consenso en este punto.
4) Eyaculación de esperma: la eyaculación de esperma rompe el ayuno, tanto si es debida a un beso, abrazo, o masturbación, debiéndose recuperar tal día. Si la eyaculación se produce como consecuencia de mirar o pensar en algo, se considera similar a haber tenido un sueño húmedo durante el día, y por tanto no rompe el ayuno, ni hay ninguna obligación sobre la persona. Igualmente la secreción de flujo seminal no afecta al ayuno.
5) Comer algo que no posea la categoría de alimento: un ejemplo de esto puede ser abusar de la sal por consideraciones que nada tengan que ver con cuestiones alimenticias, en cuyo caso y similares a este la mayoría de 'ulama están de acuerdo en que se produce la ruptura del ayuno.
6) Si se tiene la intención de romper el ayuno mientras se está haciendo, hay efectivamente una ruptura del mismo, aunque no se consuma realmente ningún alimento. Su fundamento viene avalado por el hecho de que la intención es uno de los pilares del ayuno, y si este no existe, el ayuno pierde su sentido.
7) Comer, beber, o mantener relaciones sexuales pensando que el sol se ha puesto, o que el faÿr aún no ha llegado. En tales casos y según la mayoría de los 'ulama, y los cuatro imames, esa persona tiene que recuperar tal día. No obstante, hay divergencia de criterio en este punto, así Ishâq, Dawûd, Ibn Haçm, 'Atâ, 'Urwah, al-Hassan al-Basri, y Muÿâhid, sostienen que tal ayuno es válido, y que no es obligatorio la recuperación de tal día. Ellos basan su opinión en el hecho de que Allah dice en el Corán: "No hay error sobre vosotros en aquellos actos que cometéis inintencionadamente, sino en aquellos en que vuestros corazones actúan de forma deliberada...", de esta misma opinión es Ibn Taîmiyyya.
Dentro de la categoría b), es decir, aquellos actos que requieren no sólo recuperar el día perdido, sino algún acto compensatorio, sólo es señalado el tener relaciones sexuales durante el día en el mes de Ramadân. Abu Huraîra narró que un hombre llegó hasta el Mensajero de Allah (s.a.s.) diciéndole: "Estoy destrozado ¡oh Mensajero de Allah!", y el Profeta le preguntó: "¿Qué es lo que te ha destrozado?", el hombre respondió: "He tenido relaciones sexuales con mi mujer durante un día de Ramadân". El Profeta (s.a.s.) le preguntó: "¿Tienes posibilidades de liberar a un esclavo?" él respondió, "No". El Profeta (s.a.s.) volvió a preguntarle: "¿Te es posible ayunar durante dos meses consecutivos?", él dijo, "No". El Profeta (s.a.s.) le preguntó de nuevo: "¿Te es posible alimentar a sesenta pobres?", él dijo, "No". Entonces el Profeta (s.a.s.) le dijo: "Entonces siéntate". Acto seguido el Profeta (s.a.s.) cogió una cesta de dátiles y le dijo al hombre: "Reparte esto entre los pobres", y el hombre dijo: ¿Quién es más pobre que nosotros?", ¡no hay nadie en esta ciudad que sea más pobre que nosotros!", entonces el Profeta (s.a.s.) rió tanto que se le vieron hasta las muelas, y le dijo: "Vete y alimenta a tu familia con estos dátiles". Transmitido por el grupo. Este hadîz es utilizado por aquellos que sostienen que el acto compensatorio no es obligatorio para aquellas personas con una pesada carga a sus expensas, como es el caso del hadîz citado.
Si se ha tenido relación sexual por descuido, olvido, coacción, o bien no se tenía la intención de ayunar en ese día, el acto compensatorio no existe para ningún miembro de la pareja. Si la mujer fue forzada a mantener relaciones sexuales por el hombre, el acto compensatorio sólo recaerá sobre el hombre.
Según ash-Shafi'î, el acto compensatorio nunca es obligatorio para la mujer, y sólo necesita recuperar el día perdido. An-Nawawî sostiene la misma opinión.
Según la mayoría de los 'ulama los actos compensatorios deben ser llevados a cabo en el mismo orden en que aparecen en el hadîz, es decir, primero y si se puede liberar un esclavo, sino ayunar por dos meses consecutivos, y finalmente alimentar a sesenta pobres con una comida similar a la empleada en su casa.
Según los Malikíes y una narración de Ahmad es posible para la persona elegir entre una de las tres posibilidades.
RECUPERACIÓN DE LOS DÍAS PERDIDOS DE RAMADÂN
La recuperación de los días perdidos es una obligación que no tiene porque ser realizada inmediatamente, existiendo un rango amplio de tiempo para poder ser cumplida. Igual consideración tiene el ayuno compensatorio. Sólo han de recuperarse los día perdidos, no habiendo ninguna adición extra al número de días perdidos. También la recuperación puede hacerse de forma consecutiva o no, durante los días de recuperación. Si por cualquier motivo la persona llega al siguiente Ramadân sin haber recuperado los días perdidos, habrá de hacer el Ramadán en curso, además de recuperar los pendientes del Ramadân anterior, no habiendo nigún acto compensatorio que pudiera convalidar los días perdidos de ayuno; esta es la opinión de los Hanafíes, y Hassan al-Basri. Mâlik, ash-Shafi'î, Ahmad e Ishâq, están de acuerdo con la opinión precedente, pero añaden que si no hay una causa justificable que haya impedido la recuperación de los días perdidos, en ese caso la persona además de recuperarlos debe dar una cierta cantidad de comida en concepto de acto compensatorio. No obstante no hay una evidencia fuerte que sostenga esta postura.
LA NOCHE DEL QADR (DESTINO)
La noche del Qadr constituye la noche con más bâraka del año.
Allah dice en el Corán: "Lo hemos revelado (el Corán) en la noche del poder (qadr). ¿Qué te hará saber lo que es la noche del poder?. Ella es mejor que mil meses". Por ello es muy importante realizar cualquier tipo de 'ibâda en ella, por la rahma, y bâraka que en ella desciende.
Está noche está contenida en los diez últimos días de Ramadân; en estos días el Profeta (s.a.s.) solía pasar las noches en vela realizando 'ibâdas.
No hay un acuerdo unánime entre los 'ulama en que día exacto pueda ser, unos opinan que se trata del 21, otros del 23, 25, 29. La mayoría sostiene que es la noche 27 del mes.
I'TIKÂF
(RECLUSIÓN EN LA MEZQUITA)
I'tikâf significa adherirse, aferrarse a algo, ya sea bueno o malo, y apartarse del resto de cosas. Allah dice en el Corán: ¿"Qué son esas imágnes a las que adorais ('âkifûn)?". (al-Anbia:52).
Aquí vamos a emplear este término con otro significado, que es el de reclusión en la mezquita con la intención de acercarse más a Allah.
El Profeta (s.a.s.) realizaba el i'tikâf durante diez días en cada Ramadân. El año en que murió lo hizo durante veinte días. Los compañeros y mujeres del mismo también lo realizaban, y así lo siguieron haciendo trás la muerte de aquel. No obstante carecemos de hadices fuertes que nos hablen de sus virtudes. Podemos considerar que hay dos tipos de I'tikâf , el que es sunna y el obligatorio. El primero es aquel que realiza cualquier musulmán, siguiendo el ejemplo del Profeta (s.a.s.), para conseguir una mayor proximidad a Allah, siendo preferible hacerlo en los diez últimos días de Ramadân.
El obligatorio es aquel que se hace por un juramento o promesa, constituyendo por tanto una obligación para la persona que lo haya hecho.
En cuanto al plazo de tiempo depende de que tipo de i'tikâf se trate, pues si es debido a promesa o juramento se hará el tiempo que se haya previamente determinado a sí misma la persona, pudiéndose hacer desde un sólo día, hasta todos los que se quieran.
En cuanto al i'tikâf sunna no tiene un plazo de tiempo determinado, pudiéndose hacer periodos cortos de tiempo. En este caso el i'tikâf puede ser finalizado en el momento que la persona lo decida, incluso si decide cortarlo antes de lo que tenía previsto hacerlo inicialmente.
Las condiciones para realizarlo son las de ser musulmán adulto, y en el caso de la mujer, que no se encuentre menstruando, o con hemorragia post-parto.
Por tanto el i'tikâf requiere dos cosas fundamentales, la permanencia en la mezquita y la intención; si falla alguna de las dos no puede considerarse que la persona esté haciendo i'tikâf.
En cuanto al tipo de mezquita en la que se puede realizar hay disparidades de criterio, sosteniendo algunos que cualquier mezquita es válida, como es el caso del imam Mâlik, mientras que otros piensan que sólo se debe hacer en aquellas mezquitas en las que se realicen los cinco Salât y haya un número importante de musulmanes; no obstante, esta última opinión no encuentra argumentos fuertes que le den respaldo.
Actos permitidos a aquel que realiza el i'tikâf
1) La persona puede abandonar su sitio, o lugar donde lo esté realizando para despedirse de su familia, o decirle adiós.
2) Se puede peinar, cortar el cabello, las uñas, asear su cuerpo, llevar ropas limpias y elegantes, así como utilizar perfumes.
3) La persona puede salir para realizar cualquier necesidad fisiológica que se le presente. Así mismo si no hay nadie que le traiga la comida puede salir para obtener su sustento. En general puede salir para realizar todo aquello que no le esté permitido hacer en la mezquita.
4) La persona puede comer, beber, y dormir en la mezquita, así como mantener limpio el recinto. Igualmente, puede hacer contratos matrimoniales, comprar, vender, etc.
Actos que invalidan el i'tikâf
1) Abandonar intencionadamente la mezquita sin que haya una necesidad que lo justifique, aunque la ausencia sea por un lapso pequeño de tiempo.
2) El abandono del Islam, puesto que ya carecería de sentido todas las 'ibâdas.
3) La pérdida de la razón, ya sea por enfermedad, o embriaguez. La aparición de la menstruación, o la hemorragia post-parto.
4) La relación sexual. No obstante se puede tocar a la mujer o esta al varón si hay ausencia de deseo sexual en ello.
A continuación vamos a tratar una serie de temas íntimamente relacionados con la vida de todo ser humano y ante los cuales vamos a ver la actitud del Profeta (s.a.s.) frente a los mismos, ejemplo para todos los musulmanes cuando sean confrontados con la enfermedad, la muerte, el funeral, y el dzikr (recuerdo de Allah). Todas ellas son situaciones en las que el musulmán tarde o temprano acaba enfrentándolas, y para las que en las enseñanzas de nuestro Profeta (s.a.s.) encontramos, como siempre, el modelo y la vía de la mejor de las criaturas, Rasulullah (s.a.s.)
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